¿Cómo y cuándo debe el propietario comunicar el incumplimiento a la Aseguradora?


Transcurridos 10 días desde la fecha estipulada en el contrato de arrendamiento para el pago del alquiler y dentro de los 20 días corridos siguientes. En caso de efectuarse la comunicación de incumplimiento con posterioridad a dicho plazo, las sumas reclamadas quedaran a cargo del asegurado a título de deducible, no siendo estas cubiertas por el seguro.

El Propietario debe enviar correo electrónico a siniestrosalquiler@segurossura.com.uy con el formulario de Denuncia de Siniestro y el formulario de Solicitud de Transferencia Bancaria completos, una copia del contrato de arrendamiento y una copia de la Póliza.

Para poder reclamar gastos comunes, tributos municipales, tarifa de saneamiento, OSE, UTE y Gas, deberán estar pagados por el arrendador y deberán adjuntarse los comprobantes de pago de los mismos.